
noviembre 26, 2021
Habilitaciones
El Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA) reglamenta mediante el Código de la Edificación, la OBLIGATORIEDAD de habilitar cada caldera o termotanque, así como cada Instalación térmica (de agua caliente o calefacción).
Con la Habilitación se obtiene el Nº de Expediente de la Instalación y de las calderas o termotanques.
Sin este Nº de Expediente, la instalación es considerada clandestina y la Compañía de Seguros no responderá en caso de siniestro.
Nosotros realizamos este trámite y asesoramos sobre cualquier otra cuestión necesarias en el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA), a fin de evitar multas y clausuras.